La Carta Circular 2021-03, emitida por la Oficina del Inspector General, establece los parámetros para la validación de horas contacto en actividades de educación continua. Aplica a empleados públicos con funciones relacionadas a propiedad, compras, preintervención y supervisión. Define qué constituye una hora contacto, los requisitos mínimos de duración, contenido, evidencia de participación y validación. También detalla el proceso para someter solicitudes de convalidación y la documentación requerida. Esta normativa busca uniformar el cumplimiento del requisito de ocho horas de educación continua por bienio.
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