Esta interpretación oficial establece que, conforme al Artículo 7(n) de la Ley Núm. 15-2017, la Oficina del Inspector General (OIG) tiene autoridad para ordenar la transferencia de personal de las unidades de auditoría interna de agencias y corporaciones públicas. La transferencia incluye salario y beneficios marginales, y no requiere renovación contractual. Se aclara que esta transferencia es de carácter temporero, mientras se completan los procesos presupuestarios y administrativos necesarios. La interpretación fue firmada por la Inspectora General, Ivelisse Torres Rivera
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