Esta carta circular establece que las entidades públicas deben cumplir con la Ley Núm. 156-2005, que exige destinar al menos un 15% del presupuesto para medios de difusión pública a estaciones radiales, dividiendo ese porcentaje en partes iguales entre estaciones independientes y en cadena. La OIG solicita completar un formulario de certificación de cumplimiento y remitirlo electrónicamente. Se aclara que no es necesario aumentar las partidas presupuestarias, sino redistribuirlas. Se excluyen de esta obligación ciertas entidades como municipios, UPR, OGP, y otras. El incumplimiento puede conllevar sanciones conforme a la Ley Núm. 15-2017.
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